
Agárrense fuerte, porque la historia que viene a continuación parece sacada directamente del guion de una comedia negra o, peor aún, de un capítulo surrealista de la vida real en el sector sanitario. El Consejo General de Enfermería ha tomado una decisión tan drástica como justificada: expulsar a una enfermera del registro profesional por un caso de manual de conducta inapropiada que desafía la lógica. ¿La razón? Que nuestra protagonista decidió que un hospital, el lugar donde se supone que debe reinar el orden y la asepsia, era el entorno idóneo para una pequeña ‘quedada’ de evasión.
Pero no hablamos de un café robado en la máquina o un cotilleo rápido en el pasillo, no. El escenario elegido para la infracción fue, ni más ni menos, que el cuarto de baño de la unidad. Y la compañía, atención, era uno de sus pacientes, la persona que estaba bajo su cuidado directo. El informe oficial es lacónico y serio, pero la situación subyacente es hilarante si no fuera tan grave: la profesional fue sorprendida consumiendo sustancias controladas, compartiendo, al parecer, un momento de alto voltaje recreativo con la persona a la que se suponía que debía garantizar la seguridad.
Este acto de “colegueo” llevado al extremo, realizado en un entorno tan sensible como un centro médico, ha sido catalogado como una violación gravísima de la confianza profesional y de todos los estándares de seguridad. Se supone que la misión de la enfermería es repartir medicinas vitales, no ‘momentos’ de colocón en el váter de la planta. Lógicamente, semejante episodio de insensatez ha marcado el final fulminante de su carrera en el sector. La moraleja de esta historia es cristalina: si tienes pensado organizar una fiesta improvisada, por muy irresistible que parezca la idea, el baño del hospital y un paciente no son, definitivamente, los mejores elementos para mantener tu puesto de trabajo. Un claro ejemplo de cómo no aplicar el concepto de ‘cuidado integral’ al paciente.
