
Imagina la escena: la justicia, con toda su maquinaria, pone el ojo en una mujer, gasta la friolera de 110.000 dólares para traerla desde Alemania a Estados Unidos y sentarla en el banquillo. ¿El motivo? Un secuestro parental internacional. ¿El desenlace? Un juez les dice: «Eh, chavales, que no podéis juzgarla por eso». Y así, la broma pesada de la burocracia se materializa en un caso que parece sacado de una película de los hermanos Marx.
La protagonista de este despropósito judicial es Olga Diana Rodriguez. En 1993, esta mujer presuntamente se llevó a su hija, Diana, de apenas dos añitos, de vuelta a Alemania, dejando al padre, Dennis Rodriguez, con el corazón roto en Spokane, EE.UU. Tras 15 años de búsqueda, en 2008, la hija fue localizada en Alemania, ya una adolescente de 17 años. Tres años después, en 2011, los federales estadounidenses consiguieron por fin extraditar a Olga para que respondiera por sus actos.
Hasta aquí, todo parece el guion de un thriller con final feliz para la justicia. Pero la realidad, como siempre, supera la ficción con una dosis de ironía. Olga Diana Rodriguez fue acusada de secuestro parental internacional y huida para evitar el enjuiciamiento. Sin embargo, un juez federal, Justin L. Quackenbush, ha dictaminado ahora que la acusación de secuestro parental internacional es nula de pleno derecho. ¿El motivo? La Ley de Delitos de Secuestro Parental Internacional (IPKCA) fue promulgada en octubre de 1993, y el secuestro ocurrió en julio de ese mismo año. ¡Tres meses antes de que la ley existiera! Aplicar la ley retroactivamente es, según el juez, un patinazo legal.
El abogado defensor, Jay McAdams, ya lo avisaba, y el juez le ha dado la razón, desmontando el cargo más grave que podría haberle costado a Olga hasta tres años de prisión. ¡Menuda faena! Han gastado más de cien mil dólares en vuelos, papeleo y gestiones para que el delito por el que más querían juzgarla se esfume como un azucarillo en el café.
Dennis Rodriguez, el padre, aunque contento de que su hija Diana esté a salvo y ahora con 22 años viviendo en Alemania y en contacto con él, no puede evitar el mosqueo: «Es una pena que nuestro gobierno, por decirlo suavemente, metiera la pata». Y no le falta razón.
Lo más llamativo es que la hija, Diana, ya tiene 22 años y reside en Alemania, manteniendo contacto con su padre. Por otro lado, la acusada, Olga, todavía se enfrenta al cargo de «huida ilegal para evitar el enjuiciamiento» (UFAAP), que podría acarrear hasta cinco años de cárcel, relacionado con una orden de arresto estatal por secuestro emitida en Spokane en 1993. Además, el juez ha insinuado que el tiempo que Olga ya pasó en una cárcel alemana (tres años por un delito similar de privación de libertad) podría descontarse de su posible condena en EE.UU.
Los fiscales, por su parte, han optado por el silencio, seguramente aún masticando la amargura de la que, sin duda, pasará a los anales como una de las pifias más costosas y singulares del sistema judicial estadounidense. Una lección para todos: revisar siempre la fecha de caducidad de las leyes… y de las causas.
