
¡Atención, maridos de la era digital! Si creíais que pulsar ese inocente icono del corazón en redes sociales era un acto sin consecuencias, la justicia de Tánger (Marruecos) tiene algo que deciros, y no es precisamente un ‘me gusta’. Parece que en el país alauí, el coqueteo virtual se ha convertido oficialmente en la nueva causa de separación matrimonial, sentando un precedente legal tan curioso como moderno.
Todo arranca con una señora cuya paciencia debió de agotarse al ver la hiperactividad digital de su esposo. El caballero en cuestión era un fan confeso de la obra ajena, dedicando sus preciados ‘likes’ a publicaciones de otras mujeres. Un comportamiento que, a ojos de la esposa, no era un simple gesto de apoyo digital, sino un auténtico puñal trapero a su honor y reputación conyugal. La mujer llevó el asunto ante los tribunales, alegando que el comportamiento 2.0 de su pareja le causaba un tremendo «daño moral».
Inicialmente, el juzgado de primera instancia debió pensar algo así como ‘venga ya, que solo son likes’ y rechazó la demanda. Pero la esposa no se dio por vencida y apeló. ¡Y aquí viene el giro de guion! El Tribunal de Apelación de Tánger se puso las gafas de leer la letra pequeña de Instagram —o la red social que fuera— y dictaminó con rotundidad: el ‘like’ es la nueva infidelidad. O al menos, un «acto vergonzoso» que viola el deber conyugal y daña seriamente la reputación de la esposa.
La corte concluyó que el hecho de que el marido anduviera dando corazones a diestro y siniestro en perfiles ajenos dañaba severamente el estatus social y el honor de su esposa, otorgándole así el divorcio por causa de ‘daño’. La sentencia considera que este flirteo digital constituye una violación explícita del deber de fidelidad conyugal, incluso si no implica contacto físico. Al publicar y promocionar abiertamente su admiración por otras mujeres, el marido atentó contra la dignidad de su esposa.
Pero la cosa no termina ahí. No solo perdió a su mujer por un pulgar inquieto, sino que el tribunal le impuso una sanción económica considerable. El hombre fue condenado a pagar 10.000 dirhams marroquíes (que vienen a ser unos 1.000 euros, más o menos) como compensación por el daño moral infligido a su exesposa, además de la pensión alimenticia correspondiente. Un precio bastante alto por un simple toque en la pantalla.
Esta sentencia ha sentado un precedente importantísimo: ahora las redes sociales son un terreno fértil para las pruebas de adulterio o, al menos, de falta de decoro conyugal. Así que ya sabéis, si estáis casados y os pica el dedo de darle al ‘like’ a esa foto de playa o al último reel viral, pensáoslo dos veces. Porque ese simple gesto puede costaros la factura más cara de vuestra vida. El matrimonio digital es serio, amigos, y Tánger ya ha puesto la primera piedra para el manual de conducta conyugal 2.0.
